Como una decisión sin precedentes calificó la alcaldesa de Bogotá, Claudia López, la declaratoria de emergencia climática en la capital en una decisión compartida entre el Concejo y la Alcaldía en la que se tomarán 10 pasos claros para enfrentar las consecuencias del Cambio Climático.
Esta decisión fue tomada de manera unánime con 34 votos a favor de los ediles y así confirmando lo consignado en la ponencia positiva de que “este es un llamado a distintos sectores para evitar una catástrofe climática”. Además, expresaron los ediles que el Cambio Climático acabará con numerosas especies animales y vegetales además de aumentar el nivel del mar.
Lejos del debate mediático de tener un día sin carne en la capital, esta decisión, tal cual lo consignado en el Acuerdo 256 de 2020, por el cual se declara la emergencia climática en Bogotá D.C., “se reconoce esta emergencia como un asunto prioritario de gestión pública, se definen lineamientos para la adaptación, mitigación y resiliencia frente al cambio climático y se dictan otras disposiciones”.
Para la concejala Susana Muhamad González, una de las autoras del proyecto de acuerdo, “las consecuencias del cambio climático ya están afectando al planeta y la corporación debe hacerle seguimiento a este tema desde distintos aspectos”.
Además, los cabildantes fueron enfáticos en afirmar que la biosfera se encuentra en peligro y para ello se deben proteger los distintos ecosistemas del planeta. Afirmaron también que el proyecto marca una pauta importante para discutir el Plan de Ordenamiento Territorial de 2021 y encaminar en el camino correcto a la ciudad.
Carolina Urrutia Velásquez, secretaría de Medio Ambiente de Bogotá, agradeció a los ponentes y, en general a los ediles “por el trabajo conjunto desde el mes de enero para asegurar que el Acuerdo fuera tan ambicioso como plausible”.
¿Qué implica la declaratoria?
Al declarar la emergencia climática, la capital de la República reconoce como tal que el estado de cosas permanente e irreversible derivado de variaciones continuas en las condiciones y propiedades del clima, las cuales ponen en situación de alta vulnerabilidad a la población en su conjunto.
Además, como lo contempla el Acuerdo, “que esta emergencia estructural requiere de acciones urgentes en materia de mitigación y adaptación, considerando el cambio climático como el centro de todas las decisiones, estrategias e instrumentos de planeación del territorio”.
Para lograr el objetivo del Acuerdo se establecieron diez mandatos dirigidos a la Alcaldía Mayor y al sector central y descentralizado de la administración distrital, que deben cumplirse en un término máximo de diez años, salvo los que tienen un término expreso.
Mandato 1
Ordenamiento territorial alrededor del agua y los socioecosistemas: Reconocer al agua como elemento ordenador del territorio, un derecho fundamental indivisible del derecho a la vida para las actuales y futuras generaciones y esencial para lograr la justicia climática.
Mandato 2
Protección de la Estructura Ecológica Principal y la biodiversidad: Restaurar la estructura ecológica principal con fuentes de financiación y responsables claramente definidos y como proceso permanente de corto, mediano y largo plazo, para la recuperación de servicios ecosistémicos, áreas protegidas del Distrito Capital y fortalecimiento de las ventajas territoriales frente al cambio climático.
Mandato 3
Bogotá promueve la soberanía y seguridad alimentaria y adoptará las medidas necesarias para integrar en el Plan de Abastecimiento Alimentario de la Región Central y en la Política Pública de Seguridad Alimentaria y Nutricional para Bogotá el enfoque de soberanía y seguridad alimentaria, a través de redes de distribución y acceso a alimentos en el primer y segundo anillo de provisión alimentario de Bogotá, ante probables escenarios de disminución de producción agrícola regional por efectos del cambio y la variabilidad climática, afectaciones en el recurso hídrico y el suelo en Bogotá y la región y eventos extremos en el Distrito Capital la escala nacional e internacional.
Mandato 4
Transición Energética y reducción de gases efecto Invernadero. El Distrito Capital adoptará medidas urgentes para sustituir el uso de combustibles fósiles en los sistemas de la ciudad, con el fin de disminuir en un 50% las emisiones de gases efecto invernadero al año 2030, con referencia al año 2020.
Mandato 5
Prevención y atención por riesgos en salud en cambio climático. El Distrito Capital incorporará la variable climática en la política del sistema distrital de salud y fortalecerá las capacidades del sector en materia de prevención y para hacer frente a las consecuencias que representa el cambio climático en la salud de las personas.
Mandato 6
Gestión integral de residuos con inclusión social para la crisis climática. El Distrito Capital formulará e implementará una solución integral y de largo plazo frente al manejo, procesamiento y disposición final de los residuos sólidos, incorporará a los diferentes actores de la cadena de los residuos sólidos en esta propuesta y procederá al cierre del relleno Doña Juana en sus actuales condiciones de operación (entierro de residuos) generando condiciones ambiental y socialmente adecuadas.
Mandato 7
Economía solidaria, resiliencia y trabajo decente. El Distrito Capital será responsable de desarrollar esquemas de Economía Solidaria para promover la resiliencia y el trabajo decente como prioridad pública, con el fin de incentivar en la ciudad el sostenimiento de la vida de cada ciudadano en el marco de la Emergencia Climática.
Mandato 8
Educación y participación para una nueva ética ambiental. Promover acciones y procesos pedagógicos en la escuela y en la administración, de tal manera que se busquen transformar nuestras prácticas de consumo y nuestro cuidado y manejo frente a la naturaleza. Así, todas las acciones, campañas y planes de pedagogía, educación y cultura ciudadana, deben propender por resignificar la relación entre los seres humanos, la naturaleza, y el entorno ambiental en general.
Mandato 9
Innovación científica y democratización del conocimiento. El Distrito Capital debe garantizar el mejor manejo de la información, la innovación y el conocimiento disponible sobre riesgos climáticos en la ciudad, en conexión con el aumento de capacidades de prevención y reacción ciudadana ante la crisis climática.
Mandato 10
Ecourbanismo y construcción sostenible para un territorio resiliente que se adapta y mitiga el Cambio Climático. Definir y actualizar en consonancia con la normatividad Nacional y Distrital vigente, las reglas, criterios y normas dirigidas a mitigar y adaptar el territorio al cambio climático en los procesos de planeación, diseño, desarrollo y construcción sobre los suelos urbanos y de expansión urbana, con criterios de sostenibilidad y eficiencia, en armonía con el ambiente y en función de la equidad social.